El Derecho Concursal




Se define como un conjunto de instrumentos jurídicos, que permite proteger a los comerciantes, cuando se ven involucrados en situaciones conflictivas, en relación a sus activos y pasivos, y que estos no puedan cumplir en el momento oportuno con sus acreedores, es decir, que no pueda pagar sus deudas, afectando en gran manera a este número de acreedores.


El estado de atraso

           El atraso  es una figura jurídica mercantil mediante el cual el Legislador concede un beneficio de retardar sus pagos al comerciante y por razones de que no hayan podido cumplir con sus compromisos mercantiles inmediatos.

Artículo 898° CODIGO DE COMERCIO VENEZOLANO.  El comerciante cuyo activo exceda positivamente de su pasivo, y que por falta de numerario debido a sucesos imprevistos o causa de cualquiera otra manera excusable, se vea en la necesidad de retardar o aplazar sus pagos, será considerado en estado de atraso y podrá pedir al Tribunal de Comercio competente que le autorice para proceder a la liquidación amigable de sus negocios, dentro de un plazo suficiente que no exceda de doce meses; obligándose a no hacer, mientras se resuelva su solicitud, ninguna operación que no sea de simple detal.

            Es decir, el atraso es un beneficio en el que se encuentra el deudor u obligado, que no tiene liquidez para cancelar por diversas razones; en donde se retarda el pago de sus deudas. Este estado de atraso tiene elementos como: la persona debe ser un comerciante, posee falta de liquidez, que la realización o liquidación de activos o la obtención de créditos le garantice en satisfacer las acreencias pendientes dentro de un término no mayor de 12 meses.

Quiebra

             Es una situación jurídica en la que una persona empresa o institución no puede hacer frente a lo pagos que debe realizar (pasivo exigible), por lo que estos son superiores a sus recursos económicos disponibles (activos). A la persona física o jurídica que se encuentra en estado de quiebra se le denomina fallido. Cuando el fallido o deudores se encuentran declarado judicial en estado de quiebra, se procede a un juicio de quiebra o procedimiento concursal, en el cual se examina si el deudor puede atender aparte de la deuda con su patrimonio y a las obligaciones de pago pendientes.

       Por ello, muchas veces la situación financiera de las personas aumenta a una zona de peligro donde la posibilidad de la quiebra se cierne sobre la cabeza. A medida que la economía del mundo se somete a una fase turbulenta, se ha mejorado aún más este peligro de quiebra. Una persona que tiene grandes deudas y no es capaz de pagarlo, lo desea, puede declararse en quiebra, con el objetivo de reducir las principales deudas, cobros o problemas de facturas. 

Características de la quiebra

  • Es una situación de insolvencia generalizada, lo que la diferencia de la mera cesación de pagos.
  • Es una situación de insolvencia permanente en el tiempo.
  • Es una situación de insolvencia susceptible de ser apreciada objetivamente a través de hechos indiciados de quiebra.
  • Es una situación de insolvencia de tal magnitud que se torna insalvable para el deudor.



Tipos de quiebra:

Quiebra Fortuita: Se entiende como aquella que se produce por causas imprevisibles e imprevistas y que llevan a la empresa a una situación en la que su capital se reduzca hasta tal extremo que no pueda cumplir o pagar sus deudas y la financiación de sus operaciones regulares y aunque se ha intentado corregir la situación, no se ha podido dar solución al problema.

Quiebra Culpable: Es aquella que ha sido causada por actuaciones negligentes del empresario. Como, por ejemplo, no cumplir con alguno de los requisitos legales que se exigen en la llevanza de la contabilidad, la pérdida de una suma considerable de dinero en los juegos de azar o gastos domésticos considerados excesivos.



Quiebra Fraudulenta: Es la quiebra en la que existe intención por parte del empresario de no devolver el capital que le han prestado los acreedores, o de no pagar las deudas generadas por las operaciones regulares de la empresa. También se considerará quiebra fraudulenta la producida por el alzamiento de bienes o por cualquier tipo de negligencia en los libros de contabilidad, a sabiendas de que tal negligencia pondrá en peligro la solvencia de la empresa.

Diferencias entre atraso y quiebra:


      El atraso y la quiebra es uno de los conceptos más importantes que debe manejar todo comerciante debido a que esta relacionada con el estado de liquidez que tenga cada persona, ya sea el deudor o el acreedor, siempre regido por el código de comercio Venezolano. Sin embargo, los comerciantes deben evitar en mayor medida el estado de atraso o quiebra porque eso es sinónimo de que el acto de comercio se realiza de la mejor manera como se estableció en el contrato el día en que se adquirió la obligación mercantil.

Autor: Franklin Manuel Jimenez Piña. CI: 25.760.875

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