Se define como un conjunto de instrumentos jurídicos, que
permite proteger a los comerciantes, cuando se ven involucrados en situaciones
conflictivas, en relación a sus activos y pasivos, y que estos no puedan
cumplir en el momento oportuno con sus acreedores, es decir, que no pueda pagar
sus deudas, afectando en gran manera a este número de acreedores.
El estado de atraso
El atraso es una figura jurídica mercantil mediante el
cual el Legislador concede un beneficio de retardar sus pagos al
comerciante y por razones de que no hayan podido cumplir con sus
compromisos mercantiles inmediatos.
Artículo 898° CODIGO DE COMERCIO VENEZOLANO. El
comerciante cuyo activo exceda positivamente de su pasivo, y que por falta de
numerario debido a sucesos imprevistos o causa de cualquiera otra manera
excusable, se vea en la necesidad de retardar o aplazar sus pagos, será
considerado en estado de atraso y podrá pedir al Tribunal de Comercio
competente que le autorice para proceder a la liquidación amigable de sus
negocios, dentro de un plazo suficiente que no exceda de doce meses;
obligándose a no hacer, mientras se resuelva su solicitud, ninguna operación
que no sea de simple detal.
Es decir, el atraso es un beneficio en el que se encuentra el deudor u obligado, que no tiene liquidez para cancelar por diversas razones; en donde se retarda el pago de sus deudas. Este estado de atraso tiene elementos como: la persona debe ser un comerciante, posee falta de liquidez, que la realización o liquidación de activos o la obtención
de créditos le garantice en satisfacer las acreencias pendientes dentro de un
término no mayor de 12 meses.
Quiebra
Es una situación jurídica en la que una persona empresa o
institución no puede hacer frente a lo pagos que debe realizar (pasivo
exigible), por lo que estos son superiores a sus recursos económicos
disponibles (activos). A la persona física o jurídica que se encuentra en
estado de quiebra se le denomina fallido. Cuando el fallido o deudores se
encuentran declarado judicial en estado de quiebra, se procede a un juicio de
quiebra o procedimiento concursal, en el cual se examina si el deudor puede
atender aparte de la deuda con su patrimonio y a las obligaciones de pago
pendientes.
Por ello, muchas veces la situación financiera de las
personas aumenta a una zona de peligro donde la posibilidad de la quiebra se
cierne sobre la cabeza. A medida que la economía del mundo se somete a una fase
turbulenta, se ha mejorado aún más este peligro de quiebra. Una persona que
tiene grandes deudas y no es capaz de pagarlo, lo desea, puede declararse en
quiebra, con el objetivo de reducir las principales deudas, cobros o problemas
de facturas.
Características de la quiebra
- Es una situación de insolvencia generalizada, lo que la diferencia de la mera cesación de pagos.
- Es una situación de insolvencia permanente en el tiempo.
- Es una situación de insolvencia susceptible de ser apreciada objetivamente a través de hechos indiciados de quiebra.
- Es una situación de insolvencia de tal magnitud que se torna insalvable para el deudor.
Tipos de quiebra:
Quiebra Fortuita: Se entiende como aquella que se produce por causas
imprevisibles e imprevistas y que llevan a la empresa a una situación en la que
su capital se reduzca hasta tal extremo que no pueda cumplir o pagar sus deudas
y la financiación de sus operaciones regulares y aunque se ha intentado
corregir la situación, no se ha podido dar solución al problema.
Quiebra Culpable: Es aquella que ha sido causada por actuaciones negligentes del
empresario. Como, por ejemplo, no cumplir con alguno de los requisitos legales
que se exigen en la llevanza de la contabilidad, la pérdida de una suma
considerable de dinero en los juegos de azar o gastos domésticos considerados
excesivos.
Quiebra Fraudulenta: Es la quiebra en la que existe intención por parte del
empresario de no devolver el capital que le han prestado los acreedores, o de
no pagar las deudas generadas por las operaciones regulares de la empresa.
También se considerará quiebra fraudulenta la producida por el alzamiento de
bienes o por cualquier tipo de negligencia en los libros de contabilidad, a
sabiendas de que tal negligencia pondrá en peligro la solvencia de la empresa.
Diferencias entre atraso y quiebra:
El atraso y la quiebra es uno de los conceptos más importantes que debe manejar todo comerciante debido a que esta relacionada con el estado de liquidez que tenga cada persona, ya sea el deudor o el acreedor, siempre regido por el código de comercio Venezolano. Sin embargo, los comerciantes deben evitar en mayor medida el estado de atraso o quiebra porque eso es sinónimo de que el acto de comercio se realiza de la mejor manera como se estableció en el contrato el día en que se adquirió la obligación mercantil.
Autor: Franklin Manuel Jimenez Piña. CI: 25.760.875
Autor: Franklin Manuel Jimenez Piña. CI: 25.760.875

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